Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0561/2019-S4
Fecha: 29-Jul-2019
acción de amparo constitucional
En revisión de la Resolución 1/2019 de 19 de febrero y su respectivo Auto complementario, cursantes de fs. 120 a 128, pronunciada dentro de la acción de amparo constitucional interpuesta por Juan Jiménez Colque contra Cristóbal Julio Rocha Ancani, Presidente; Jorge Saavedra Villalobos, Eduardo Velarde Flores, Vocales; Javier Rómulo Calle Mamani, Secretario todos del Tribunal de Apelación; Alfredo Rodríguez Navía, Presidente; Walter Díaz Colque y Carlos Andrés Pérez Castillo, Vocales, y Heriberto Espada Moreno, Secretario, todos del Tribunal Sumariante; Pedro Vicente Huallpa Pinaya y Juan José Sejas Reyes todos de la Universidad Nacional Siglo XX (UNSXX) del departamento de Potosí.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- i)
- I.2.3. Intervención del tercero interesado
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- II.9.
- II.10.
- II.11.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- siempre que no exista otro medio o recurso legal para la protección inmediata de los derechos y garantías restringidos, suprimidos o amenazados
- siempre que no hubiere otro medio o recurso legal para la protección inmediata de esos derechos y garantías
- la primera como el requisito de haber agotado todas las instancias y medios legales idóneos antes de interponer el recurso, pues la tutela que brinda el amparo constitucional está referida a los casos en que han sido agotados los medios que la ley otorga para tal objeto,
- primera problemática
- segunda problemática
- CONFIRMAR