Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0602/2019-S1
Fecha: 24-Jul-2019
Fragmento 9
Una vez pronunciada la Resolución, el abogado del tercero interesado, solicitó que el expediente del proceso sea inmediatamente remitido al Juzgado donde se desarrolla el proceso penal, ya que el mismo ni siquiera fue utilizado, a lo que el Juez de garantías, judicial accedió determinando lo referido.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos y principio supuestamente vulnerados
- I.1.3. Petitorio
- a)
- 1)
- i)
- procedente
- Fragmento 9
- II.1.
- II.2.
- II.4.
- III.1. La fundamentación y motivación de las resoluciones como componentes del debido proceso
- ii)
- iv)
- v)
- b)
- c)
- d)
- III.3. Otras consideraciones
- REVOCAR