Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0783/2019-S1
Fecha: 26-Ago-2019
I.2.2. Informe de las autoridades demandadas
Edson Fabián Romero Andrade, Subdirector de Asuntos Jurídicos de la Secretaría Municipal de Gestión Urbana; y, Gabriela Bravo Pinto, Jefa del Departamento de Uso y Suelo, ambos del GAM de Santa Cruz de la Sierra, conforme se tiene del informe presentado por la Secretaria del Tribunal de garantías, estuvieron presentes en audiencia de esta acción tutelar, pero no consta su intervención.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos, principios y garantías supuestamente vulnerados
- I.1.3. Petitorio
- Fragmento 5
- I.2.2. Informe de las autoridades demandadas
- concedió
- II.1.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.8.
- II.9.
- II.10.
- II.11.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- Fragmento 18
- a través del amparo no es posible dilucidar hechos controvertidos ni reconocer derechos
- En este sentido, la función específica de este Tribunal, en cuanto a derechos fundamentales, sólo se circunscribe a verificar ante la denuncia del agraviado, si se ha incurrido en el acto ilegal u omisión indebida y si ésta constituye amenaza, restricción o supresión a derechos fundamentales”
- de la dilucidación de cuestiones de hecho
- III.2.
- “…OFI.1391/2017 y OFI.1511/2018 EXP: 159/2012, NUREJ 201229934”
- US-28442/2018
- REVOCAR en todo