Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0783/2019-S1
Fecha: 26-Ago-2019
II.10.
II.10. A través de nota de 11 de enero de 2019, Christian Bruun Aguilera en representación legal del ahora impetrante de tutela, reiteró al Secretario Municipal de Planificación del GAM de Santa Cruz de la Sierra -hoy demandado-, el pedido de celeridad al trámite de aprobación de plano de ubicación de uso y suelo, señalando que dé cumplimiento exacto al Oficio 1511/2018 de 27 de noviembre, emitido por el Juez Público Civil y Comercial Primero del departamento de
Santa Cruz y en consecuencia se ordene por la sección que corresponda se proceda a la aprobación del plano de ubicación y uso de suelo en una extensión superficial según levantamiento topográfico de 2 052,73 m2 (fs. 128 a 129).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos, principios y garantías supuestamente vulnerados
- I.1.3. Petitorio
- Fragmento 5
- I.2.2. Informe de las autoridades demandadas
- concedió
- II.1.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.8.
- II.9.
- II.10.
- II.11.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- Fragmento 18
- a través del amparo no es posible dilucidar hechos controvertidos ni reconocer derechos
- En este sentido, la función específica de este Tribunal, en cuanto a derechos fundamentales, sólo se circunscribe a verificar ante la denuncia del agraviado, si se ha incurrido en el acto ilegal u omisión indebida y si ésta constituye amenaza, restricción o supresión a derechos fundamentales”
- de la dilucidación de cuestiones de hecho
- III.2.
- “…OFI.1391/2017 y OFI.1511/2018 EXP: 159/2012, NUREJ 201229934”
- US-28442/2018
- REVOCAR en todo