0935/2019-S1 de 12 de septiembre
Fecha: 12-Sep-2019
c)
c) En cuanto a la fundamentación del análisis del caso concreto, con relación al primer agravio planteado por el accionante en apelación, mediante el cual denuncia el hecho de que el Tribunal de apelación solo habría considerado el transcurso del tiempo, como presupuesto para declarar fundada la excepción de extinción de la acción penal por duración máxima del proceso; la SCP 0935/2019-S1, denegó la tutela, debido a que “…se desarrolló un pronunciamiento por parte de las autoridades demandadas con motivación y fundamentación sobre el agravio planteado”; sin embargo, en la referida Sentencia Constitucional Plurinacional, debió haberse efectuado mayor énfasis en la fundamentación, respecto al por qué las autoridades demandadas, cumplieron con la debida motivación y fundamentación como elementos del debido proceso.
- Partes:
- SCP
- II. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL VOTO ACLARATORIO
- la fundamentación
- con la debida fundamentación
- 77
- 78
- (1)
- que es la justificación de la decisión
- la fundamentación y motivación
- “‘…por regla general, la jurisdicción constitucional está impedida de ingresar a valorar la prueba, por ser una atribución conferida privativa y exclusivamente a las autoridades jurisdiccionales o administrativas; empero, tiene la obligación de verificar si en dicha labor
- Fragmento 12
- A través de este principio se obtiene la concordancia entre el petitum de las partes y la decisión asumida por el juez o tribunal;
- El principio de congruencia adquiere manifiesta relevancia en dos ámbitos, por una parte respecto al proceso como unidad,
- la estricta correspondencia que debe existir entre lo peticionado y lo resuelto
- II.4. Análisis del caso concreto
- a)
- b)
- c)
- descuento de vacaciones judiciales
- d)
- e)
- Fragmento 23
- f)
- octavo agravio,
- lo consagra como un principio, un derecho y una garantía, es decir, la naturaleza del debido proceso es reconocida por la Constitución en su triple dimensión: como derecho fundamental de los justiciables, de quien accede reclamando justicia, la víctima y de quien se defiende el imputado