ENTENCIA CONSTITUCIONAL Plurinacional 0805/2019-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

ENTENCIA CONSTITUCIONAL Plurinacional 0805/2019-S2

Fecha: 11-Sep-2019

III.3.1. En cuanto al primer motivo

                         Al respecto y de la compulsa del motivo objeto de casación y los argumentos del Auto Supremo ahora confutado, no se advierte en el mismo vulneración al debido proceso, por cuanto los argumentos expuesto por las autoridades demandadas, resultan suficientes y no arbitrarios; puesto que, queda claro que efectivamente el fondo del primer motivo de casación está dirigido a cuestionar los fundamentos de resoluciones que resolvieron incidentes de exclusión probatoria, que conforme nuestro diseño impugnaticio penal, no son susceptibles de casación; es decir, que el tribunal de cierre respecto a cuestiones incidentales se constituyen las Salas de los Tribunales Departamentales de Justicia, en tal sentido, no se abre la competencia del Tribunal Supremo de Justicia, para el conocimiento y resolución de impugnaciones a los incidentes que fueron resueltos por las instancias inferiores, por tanto la inadmisibilidad en relación a este motivo, no vulnera derechos fundamentales del accionante.