ENTENCIA CONSTITUCIONAL Plurinacional 0805/2019-S2
Fecha: 11-Sep-2019
relevancia constitucional
Ahora bien, la jurisprudencia precedentemente citada debe ser complementada a partir de la relevancia constitucional que tenga la alegada arbitraria o insuficiente fundamentación y motivación de las resoluciones, es decir, que deberá analizarse la incidencia de dicho acto supuestamente ilegal en la resolución que se está cuestionando a través de la acción de amparo constitucional; pues, si no tiene efecto modificatorio en el fondo de la decisión, la tutela concedida por este Tribunal únicamente tendría como efecto el que se pronuncie una nueva Resolución con el mismo resultado; consiguientemente, a partir de una interpretación previsora, si bien la arbitraria o insuficiente fundamentación, aún carezca de relevancia, deberá ser analizada por el Tribunal Constitucional Plurinacional; empero, corresponderá denegar la tutela por carecer de relevancia constitucional, con la aclaración que este entendimiento es únicamente aplicable a la justicia constitucional que no exigirá para efectuar el análisis, que la o el accionante cumpla con carga argumentativa alguna; entendimiento desarrollado también en la SCP 0014/2018-S2 de 28 de febrero.
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- denegó
- II.4.
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- i)
- arbitrariedad
- relevancia constitucional
- III.2. Sobre el derecho a la defensa
- dimensión material
- a recurrir
- III.3. Análisis del caso concreto
- Fragmento 15
- III.3.1. En cuanto al primer motivo
- Fragmento 17
- III.3.2.
- III.3.3. En cuanto al tercer motivo
- III.3.4. Respecto al cuarto motivo
- REVOCAR
- MAGISTRADO
- Fragmento 23
- derecho a la defensa
- congruencia
- acusación