SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0577/2019-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0577/2019-S3

Fecha: 09-Sep-2019

2)

2)  Si bien es cierto que dicho Auto de Vista dispuso la suspensión de la ejecución de la Sentencia, hasta que en el proceso penal se defina la falsedad o no del documento base de la demanda, no es menos cierto que mediante el Auto de Vista 93-18, se definió claramente los lineamientos que debieron ser considerados por el Juez de instancia, tomando en cuenta que esa determinación es circunstancial y puede ser ponderada nuevamente dada la naturaleza temporal de la suspensión condicionada a un hecho, más aún cuando en dicha Resolución se dispuso que proceda a sustanciar el incidente de reinicio de la ejecución del proceso con la finalidad de constatar el estado actual de la causa penal;