SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0764/2019-S4
Fecha: 12-Sep-2019
c)
c) Sobre la confusión en la identificación de las normas, el Reglamento de la Carrera Administrativa del Sistema de Educación Pública, aprobado mediante RM 062/2000, tipifica como faltas graves las indicadas en el art. 52, que son procesadas por un Tribunal Administrativo Disciplinario, dentro de las cuales, el inc. m) se refiere a los casos en los que se incurre en las prohibiciones dispuestas en el art. 25 y el incumplimiento de deberes señalado en el art. 24 del Reglamento de la Carrera Administrativa del Servicio de Educación Pública, lo que significa que las establecidas como incumplimiento de deberes en el art. 24 incs. a) al l) son consideradas como faltas graves y de igual forma, las establecidas como prohibiciones en el art. 25 incs. a) al h).
- I. ANTECEDENTES CON RELEVANCIA JURÍDICA
- a)
- denegó la tutela
- II.1.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. El debido proceso en sus elementos de fundamentación, motivación y congruencia de las resoluciones
- 1)
- arbitrariedad
- Fragmento 10
- III.2. Análisis del caso concreto
- documento que fue avalado y refrendado por la Directora Distrital de Educación de Porvenir/Bella Flor.
- i)
- b)
- c)
- d)
- e)
- “desinterés y negligencia de informar sobre la ausencia y la falta de designación de docentes” (sic)
- favoreciendo con informes irregulares que no tienen relación con los informes y certificaciones emitidos por las Direcciones de Unidades Educativas “Monseñor Santiesteban” y “Bruno Racua” ambas del señalado departamento.
- la procesada utilizó documentos improvisados que fueron elaborados de manera irregular
- el hecho que dio lugar al procesamiento de la misma,
- avaló y refrendó el parte mensual de la Unidad Educativa “Jorge Benito Vera” del mencionado departamento
- sobre la base del nexo de causalidad entre las denuncias o pretensiones de las partes procesales, el supuesto de hecho inserto en la norma aplicable, la valoración de las pruebas aportadas y la sanción o consecuencia jurídica emergente de la determinación del nexo de causalidad antes señalado
- REVOCAR