SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0764/2019-S4
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0764/2019-S4

Fecha: 12-Sep-2019

documento que fue avalado y refrendado por la Directora Distrital de Educación de Porvenir/Bella Flor.

Mediante RA TAD 001/2018, emitida por el Tribunal Administrativo Disciplinario de la Dirección Departamental de Educación de Pando, tuvo como probado que durante febrero de 2018, los docentes de la Unidad Educativa “Jorge Benito Vera” del citado departamento, Lino Cachi Paxi, Alcides López Huanca y Gladys Choque Ticona, no cumplieron sus funciones de docentes en la indicada U.E.; empero, por certificación expedida por el Director de la Unidad Educativa “Bruno Racua” del citado departamento, el profesor Lino Félix Cachi Paxi, se encontraba cumpliendo funciones en dicho establecimiento educativo, a partir del 6 de febrero de 2018. De igual forma, los profesores Alcides López Huanca y Gladis Choque Ticono, conforme certificó la Directora de la Unidad Educativa “Monseñor Santiesteban” del indicado departamento, quienes prestaron servicios en la referida U.E. desde el 6 del mismo mes y año; por ello, de acuerdo al parte mensual de la Unidad Educativa (U.E.) “Jorge Benito Vera” de Puerto Evo Morales del departamento de Pando, los tres maestros figuran como docentes del plantel educativo, además de firmar su asistencia por dieciocho días de trabajo, documento que fue avalado y refrendado por la Directora Distrital de Educación de Porvenir/Bella Flor. El Informe CITE: U.A.A. 91/2018 de 27 de marzo suscrito por el Jefe de la Unidad de Asuntos Administrativos, corrobora que durante enero y febrero de 2018, los tres docentes cobraron salarios como profesores de la Unidad Educativa “Jorge Benito Vera”. Así también, el referido Informe concluye que favoreció con informes irregulares que no tienen relación con los informes y certificaciones efectuados por las Direcciones de Unidades Educativas.