SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0770/2019-S4
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0770/2019-S4

Fecha: 12-Sep-2019

Fragmento 24

Pretensión que incurre en la causal de improcedencia reglada, prevista por el art. 66.4 del CPCo, conforme se tiene descrito en el al Fundamento Jurídico III.2 de la presente Sentencia Constitucional Plurinacional; toda vez que, no es posible la procedencia de la acción de cumplimiento en la tramitación de procedimientos propios de la administración, puesto que, por su naturaleza jurídica, la acción de cumplimiento busca tutelar el cumplimiento de un mandato imperativo del ordenamiento jurídico, contenido en una norma que reúna las características de ser un mandato vigente, cierto y claro, y no estar sujeto a controversia, constituyendo un deber ineludible, de obligatorio cumplimiento e incondicional; y no así al interior de actuaciones procesales desarrolladas en el marco de procedimientos administrativos como el que se tiene descrito en los antecedentes, referido a la aprobación de plano definitivo, en el cual fue pronunciado el Informe Legal Catastro 18/2018 y se presentaron las oposiciones descritas por notas de 31 de julio, 14 de agosto y 13 de noviembre todos de 2018; y en el que concurren reglas procesales en el marco de la normativa del referido Gobierno Autónomo Municipal de Camargo; y, si bien, dichas actuaciones deben realizarse en el marco del debido proceso, su cumplimiento y observancia deben ser reclamados mediante los mecanismos que rigen esa materia y en su caso a través de las acciones tutelares y normativas que correspondan, pero no a través de la acción de cumplimiento, puesto que, como se explicó en el entendimiento jurisprudencial desarrollado en el Fundamento Jurídico III.1 del presente fallo constitucional, su ámbito de protección no alcanza para conocer pretensiones emergentes de procedimientos administrativos.