SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0770/2019-S4
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0770/2019-S4

Fecha: 12-Sep-2019

II.2.

II.2.    Mediante Auto de “28”/2018 de 12 de septiembre, pronunciado por Erwin Mario Rocha Díaz, Juez Público Mixto Civil y Comercial de Familia, Niñez y Adolescencia e Instrucción Penal Primero de Villa Abecia del departamento de Chuquisaca, dentro del proceso voluntario de rectificación de superficie y colindancias seguido por Doris Cristina Bejarano de Torrico y Mirtha Iblin Bejarano de Centellas –hoy accionantes–, se declaró probada en parte la demanda incidental voluntaria de rectificación de datos de superficie y adición de datos personales del bien inmueble de propiedad de Doris Cristina Bejarano de Torrico, Lily María Bejarano Aparicio, Mirtha Iblin Bejarano de Centellas; y, Ruth Daysi, María Paz y Jorge Iván todos  Bejarano Aparicio –ahora impetrantes de tutela–, ordenando que por subinscripción se proceda a la rectificación de la superficie a 1 074,98 m², y la rectificación de la colindancia quedando al norte con la carretera Potosí –Tarija, al Sur con la franja de seguridad del Río Chico de Camargo del departamento de Chuquisaca, al este con los terrenos de la Parroquia de Camargo y al oeste con la franja de seguridad de la quebrada, que deben realizarse en la Matrícula Computarizada 1.07.1.08.0000114 (fs. 20 vta. a 21 vta.).