SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0789/2019-S1
Fecha: 04-Sep-2019
RUTH ALICIA MARISCAL DE VASQUEZ Y VICTOR HUGO VASQUEZ
A raíz de una indebida demanda ejecutiva iniciada por Julia Ramírez Vidaurre -hoy tercera interesada- contra Hugo Velásquez Paredes y Sonia Ramírez de Velásquez, la primera nombrada se adjudicó de manera irregular el 50% del inmueble ubicado en calle Chorolque manzano 6 predio 9D; toda vez que, se excluyó de manera maliciosa a los propietarios “…RUTH ALICIA MARISCAL DE VASQUEZ Y VICTOR HUGO VASQUEZ…” (sic),
Posteriormente, la nombrada Julia Ramírez Vidaurre, no obstante que tenía conocimiento de que su persona estaba en posesión del restante 50% del referido bien inmueble, interpuso demanda de usucapión extraordinaria -respecto a la señalada superficie-, esta vez contra Ruth Alicia Mariscal de Vásquez y Víctor Hugo Vásquez, ante lo cual su persona planteó tercería de dominio excluyente; siendo que, el indicado bien es de su propiedad producto de una demanda coactiva que formuló en base a la Escritura Pública 92/99 de 25 de marzo de 1999, de préstamo de dinero, “hipoteca” que está registrada en la oficina de Derechos Reales (DD.RR.), bajo la partida 121, folio 50, libro 47 “Hipotecas M. Omiste” de 5 de abril del indicado año.
- acción de amparo constitucional
- RUTH ALICIA MARISCAL DE VASQUEZ Y VICTOR HUGO VASQUEZ
- a)
- I.1.2. Derechos, garantía y principio supuestamente vulnerados
- I.1.3. Petitorio
- I.2.1. Actos previos
- 1)
- i)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- no es un recurso casacional que forme parte de las vías legales ordinarias,
- menos puede convertirse en un supra tribunal con facultades de revisar lo obrado por autoridades de otras jurisdicciones, a menos que la accionante hubiera manifestado de manera precisa una errónea valoración de la prueba
- III.2. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR en todo