SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0904/2019-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0904/2019-S1

Fecha: 12-Sep-2019

I.1.1. Hechos que motivan la acción

El 5 de noviembre de 2014, se presentó querella penal contra Yolanda Rosario Gonzales Foronda, Winston Adhemar Arteaga Mendoza –terceros interesados– y Eddy Mamani Chacapacha por la presunta comisión de los delitos de falsedad material, falsedad ideológica y uso de instrumento falsificado previsto y sancionado en los arts. 198, 199, 203 del Código Penal (CP), debido a que en aplicación del art. 100 del Código Tributario Boliviano (CTB) y en aplicación del Procedimiento de Control Diferido se realizó el Control Diferido Regular (CDR) de las Declaraciones Únicas de Importación 2010/543/C-1458; 2010/543/C-1459; 2010/543/C-1460 y 2010/543/C-1463 tramitadas por la Agencia Despachante de Aduana “SAA” Sociedad de Responsabilidad Limitada (S.R.L.) por cuenta de su comitente Winston Adhemar Arteaga Mendoza en la Aduana Frontera Avaroa; durante el trabajo realizado, se efectuó una verificación de los Certificados Medioambientales; es así que mediante carta AN-GRPGR-UFIPR-C-040/2013 de 11 de septiembre, se solicitó al Instituto Boliviano de Metrología (IBMETRO), verificar la autenticidad de los citados Certificados dentro de los cuales se hallan los certificados CM-OR-03-0020-2010, CM-OR-03-0021-2010, CM-OR-03-0022-2010 y CM-OR-03-0023-2010 todos de 26 de agosto correspondientes a vehículos amparados en las Declaraciones Únicas de Importación 2010/543/C-1458; 2010/543/C-1459; 2010/543/C-1460; 2010/543/C-1463; al respecto IBMETRO remitió la carta IBMETRO-DML-CE-662/2013 de 23 de septiembre adjuntando el Informe IBMETRO DML-INF-486/2013 de igual día mes y año citados señalando entre otros, que los certificados mencionados en la carta, no cuentan con ningún respaldo de haber sido emitidos por esa entidad.