Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0945/2019-S1
Fecha: 12-Sep-2019
II.3.
II.3. Por memorial presentado el 31 de octubre de 2018, el ahora impetrante de tutela reiteró a la Jueza de control jurisdiccional nuevo día y hora de audiencia de consideración de la salida alternativa de procedimiento abreviado; por lo que, la autoridad judicial a través de providencia de 1 de noviembre del mismo año, señaló audiencia para horas 10:00 del 8 de noviembre de igual año (fs. 53 vta.).
- acción de libertad
- Fragmento 2
- Fragmento 3
- 1 año y 4 meses y once días
- a)
- 1)
- i)
- concedió
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- III.1. Sobre la acción de libertad y el debido proceso
- a) el acto lesivo, entendido como los actos ilegales, las omisiones indebidas o las amenazas de la autoridad pública, denunciados, deben estar vinculados con la libertad por operar como causa directa para su restricción o supresión; b) debe existir absoluto estado de indefensión, es decir, que el recurrente no tuvo la oportunidad de impugnar los supuestos actos lesivos dentro del proceso y que recién tuvo conocimiento del mismo al momento de la persecución o la privación de la libertad’».
- Fragmento 18
- III.3. Otras consideraciones
- REVOCAR