SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0534/2020-S4
Fecha: 06-Oct-2020
II.6.
II.6. Según acta de audiencia de apertura de juicio oral de 28 de junio de 2019, ante la inasistencia del acusado se determinó la suspensión del acto, así como la emisión de mandamiento de aprehensión para que Julio César Guerrero Arraya sea conducido ante el Tribunal de Sentencia Anticorrupción y Contra la Violencia Hacia la Mujer Primero del departamento de La Paz y sean revocadas las medidas impuestas a su favor; mandamiento que fue expedido en la misma fecha y que según la representación de 26 de julio del indicado año, emitida por el Supervisor de Servicios Policiales, no pudo ser ejecutado, dado que el acusado no fue encontrado en el domicilio ubicado en la zona San Isidro, calle Boris Bánzer 340 (fs. 295 a 298 vta.).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- i)
- Fragmento 6
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- III. FUNDAMENTOS JURIDÍCOS DEL FALLO
- siempre que no exista otro medio o recurso legal para la protección inmediata de los derechos y garantías restringidos, suprimidos o amenazados”
- no procederá cuando exista otro medio o recurso legal para la protección inmediata
- b) Cuando no se utilizó un medio de defensa previsto en el ordenamiento jurídico;
- Fragmento 19
- contra los decretos de mero trámite, donde no se aplica el derecho material o sustantivo ni se decide sobre la estimación o desestimación de la pretensión, sino contra aquellas providencias que deciden simplemente el desarrollo del proceso
- por la finalidad del recurso de reposición, dirigida únicamente a obtener de la autoridad jurisdiccional la revocatoria o modificación de un acto de carácter netamente procedimental; es decir, que no ataca el fondo de la controversia judicial, no procede el recurso de apelación incidental.
- Fragmento 22
- III.3. Análisis
- REVOCAR