SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0586/2020-S4
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0586/2020-S4

Fecha: 16-Oct-2020

Fragmento 16

           Tal como se explicó en el Fundamento Jurídico precedente, de conformidad a lo dispuesto por el art. 176 de la LEPS, la resolución que revoque la libertad condicional otorgada a un condenado, puede ser recurrida de apelación. Recurso que de acuerdo a lo establecido en el art. 32 de la precitada Ley, se presentará por escrito ante el Juez de Ejecución Penal, dentro de los cinco días hábiles de notificada la Resolución; y deberá tramitarse aplicando lo previsto para la apelación incidental contenida en el Código de Procedimiento Penal.