SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0586/2020-S4
Fecha: 16-Oct-2020
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
El accionante, denunció la vulneración de sus derechos a la libertad, al debido proceso y a la defensa; toda vez que, encontrándose pendiente de resolución el recurso de apelación interpuesto contra el Auto de 17 de abril de 219, de Revocatoria de Libertad Condicional, la autoridad demandada, pese a su solicitud, no dio cumplimiento a lo establecido en el art. 396 inc. 1) del CPP, es decir, no dejó en suspenso la ejecución de la revocatoria de libertad condicional; así como, tampoco el respectivo Mandamiento de Cumplimiento de Condena, hasta que el superior en grado resuelva la referida apelación; por lo que, continúa privado de su libertad en el Centro Penitenciario El Abra del departamento de Cochabamba, en franca vulneración de sus derechos fundamentales.
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- concedió
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- II.9.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Sobre el beneficio de libertad condicional, su revocatoria y las atribuciones del Juez de Ejecución Penal
- Cuando el incidente se desarrolle en presencia del condenado, el Juez podrá disponer que se lo mantenga detenido, hasta que se resuelva el incidente.
- Fragmento 16
- III.2. Efectos de la apelación de la revocatoria de libertad condicional
- III.3. Análisis del caso concreto
- REVOCAR