Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0586/2020-S4
Fecha: 16-Oct-2020
II.7.
II.7. Mediante escrito presentado el 23 de diciembre de 2019, el accionante interpuso recurso de apelación en contra del Auto de 17 de abril del citado año, solicitando la nulidad del señalado fallo, debiendo persistir su beneficio de libertad condicional y sea trasladado al Centro Penitenciario San Pablo de Quillacollo del departamento de Cochabamba, al no encontrarse ejecutoriado el mencionado Auto. En mérito a dicho memorial y al no haber contestado la parte contraria al mismo, mediante proveído de 27 de enero de 2020, se dispuso la remisión de los antecedentes ante la Sala Penal de Turno del Tribunal Departamental de Justicia de Cochabamba (fs. 55 y vta.; y, 64).
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- concedió
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- II.9.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Sobre el beneficio de libertad condicional, su revocatoria y las atribuciones del Juez de Ejecución Penal
- Cuando el incidente se desarrolle en presencia del condenado, el Juez podrá disponer que se lo mantenga detenido, hasta que se resuelva el incidente.
- Fragmento 16
- III.2. Efectos de la apelación de la revocatoria de libertad condicional
- III.3. Análisis del caso concreto
- REVOCAR