SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0602/2020-S3
Fecha: 06-Oct-2020
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
El accionante a través de su representante sin mandato denuncia la vulneración de sus derechos a la libertad personal y de locomoción, a la presunción de inocencia, a la defensa y al debido proceso en sus elementos de fundamentación, motivación y congruencia; en razón que en el proceso penal seguido por el Ministerio Público en su contra, por la presunta comisión de los delitos de uso indebido de influencias, negociaciones incompatibles con el ejercicio de funciones públicas, incumplimiento de deberes, contratos lesivos al Estado y conducta antieconómica, se emitió el Auto Interlocutorio de 22 de octubre de 2019, por el cual se le impuso las medidas cautelares de detención domiciliaria, prohibición de salir del territorio nacional, prohibición de asistir a lugares donde se encuentren partícipes, peritos y testigos, y una fianza económica de Bs200 000.-. Y en virtud a los recursos de apelación incidental formulados contra dicha determinación por su persona, por los acusadores particulares y por el Ministerio Público, la Vocal ahora accionada emitió el Auto de Vista de 21 de noviembre de 2019, declarando la improcedencia de los referidos recursos, y en consecuencia, confirmó el Auto Interlocutorio impugnado sin la debida fundamentación, motivación ni congruencia.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- I.1.2. Derechos y garantía supuestamente vulnerados
- i)
- concedió en parte
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- Fragmento 12
- III.1. La competencia de los Jueces, Tribunales de garantías y Salas Constitucionales para conocer una acción de libertad
- Las Salas Constitucionales serán competentes para conocer y resolver las acciones referidas en el Artículo 2 de la presente Ley, por hechos generados en las ciudades capitales de departamento
- 1) Del lugar donde se haya producido la violación del
- III.2. Análisis del caso concreto
- ii)
- iii)
- Fragmento 19
- 2° Llamar la atención