SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0660/2020-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0660/2020-S3

Fecha: 23-Oct-2020

II.1.

II.1.    Por Laudo Arbitral 002/18 de 23 de noviembre de 2018, emitido por Dante Alfonso Bottega Bortolini, Árbitro Único del Centro de Conciliación y Arbitraje de la Cámara de Comercio y Servicios de Cochabamba, se declaró probada la demanda arbitral de resolución de contrato por incumplimiento del contratista y se conminó a Wilfredo Arnéz Montaño -ahora accionante- para que por sí y en representación de la Empresa Constructora Arnéz Sociedad de Responsabilidad Limitada (S.R.L.) efectúe la devolución en favor de Celia Fernández de Herbas y Guido Abdón Herbas Lizarazu -hoy terceros interesados- la suma de $us83 218,39.- (ochenta y tres mil doscientos dieciocho 39/100 dólares estadounidenses) y Bs134 044,31.- (ciento treinta y cuatro mil cuarenta y cuatro 31/100 bolivianos) por la demolición de la obra no aceptada y por el retiro de material; y, $us6 169,56.- (seis mil ciento sesenta y nueve 56/100 dólares estadounidenses) por daños y perjuicios. Asimismo, se declaró improbada la demanda reconvencional planteada por el accionante (fs. 4 a 32).