Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0668/2020-S3
Fecha: 28-Oct-2020
II.1.
II.1. Mediante Auto Interlocutorio 50/2019 de 26 de julio, los Jueces Técnicos del Tribunal de Sentencia Penal Primero de Concepción del departamento de Santa Cruz “denegaron” la solicitud de cesación de la detención preventiva, manteniendo latentes los riesgos procesales previstos en los arts. 234.10 -ahora 234.7- y 235.2 del CPP; en el mismo acto procesal Orlando Hurtado Añez -hoy accionante- a través de su abogado planteó recurso de apelación incidental conforme al art. 251 del citado Código (fs. 7 a 8 vta.).
- acción de libertad
- I.1.1
- I.1.2
- a)
- 1)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- la congruencia
- responde a la pretensión jurídica o la expresión de agravios formulada por las partes; la falta de relación entre lo solicitado y lo resuelto, contradice el principio procesal de congruencia
- Fragmento 12
- III.3. Análisis del caso concreto
- Fragmento 14
- Fragmento 15
- i)
- Fragmento 17
- Fragmento 18
- Fragmento 19
- Fragmento 20
- ii)
- Fragmento 22
- Con relación al señalamiento de fecha de la audiencia de consideración de la acción de libertad
- CONFIRMAR