ENTENCIA CONSTITUCIONAL Plurinacional 0711/2020-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

ENTENCIA CONSTITUCIONAL Plurinacional 0711/2020-S1

Fecha: 10-Nov-2020

i)

Limber Gregorio Claure Sandoval, en representación del Ministerio Público, concurriendo a la audiencia, expresó los siguientes términos: i) La acción de amparo constitucional, contra el acto cuestionado, el Auto de Vista de 22 de mayo de 2019, fue presentado el 2 de diciembre de 2019, por lo que fue presentado fuera del plazo de los seis meses; ii) El 5 de agosto de 2011, se resolvió las medidas cautelares, en el que también previamente fueron presentados excepciones, entre ellos el de prescripción e incidentes, sin acompañar prueba alguna para el computo del término de la prescripción, los que fueron resueltos; iii) En cuanto a los incidentes y excepciones presentadas en el memorial de 18 de agosto de 2011, por el accionante, tampoco acompaño prueba documentos conforme a la nota de recepción, lo que conlleva no poder efectuarse el cómputo del término de la prescripción, principalmente el inicio, por ello el Auto de 5 de mayo de 2011, refiere en sus fundamentos que tales incidentes ya fueron resueltos, decisión correcta; y, iv) Respecto a la jurisprudencia constitucional citada, para una interposición por segunda vez, no es posible en aplicación del art. 315.IV del CPP. Por lo expuesto solicita se deniegue la tutela solicitada.