Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0647/2020-S2
Fecha: 12-Nov-2020
III.3. Otras consideraciones
Asimismo, llama la atención a este Tribunal Constitucional Plurinacional, el fundamento de la Sala Constitucional, por el que denegó la presente acción de libertad; toda vez que, alude a una anterior acción tutelar de la misma naturaleza, en la que fue demandada la Jueza, Lilian Ayarza Campos, soslayando que fueron demandados los Vocales, de la que no se tiene ningún conocimiento ni se acreditó de que se hubiere tratado de la misma problemática ahora planteada; circunstancia por la que, dicha Sala debió ingresar al fondo en su análisis, lo que debe tener presente en lo sucesivo, en las acciones de tutela que sean de su conocimiento.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- I.2.1. Ratificación de la acción
- I.2.2. Informe de las autoridades demandadas
- 1)
- i)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- Fragmento 16
- III.1. La fundamentación y motivación de las resoluciones como elementos de la garantía del debido proceso
- Fragmento 18
- Vista 96/2020 de 8 de junio; es decir, con posterioridad a la emisión del impugnado de 1 de igual mes y año
- Fragmento 20
- III.3. Otras consideraciones
- Fragmento 22