Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0692/2020-S4
Fecha: 10-Nov-2020
I.1.3. Petitorio
Solicitaron se conceda la tutela impetrada y en consecuencia se declare la nulidad del Informe 32/2019 de 9 de octubre, emitido por los docentes de la materia de planeamiento y operaciones; así como los Autos Motivados 018/2019 y 042/2019, emitidos por la Comisión Máxima de Exámenes de Ascenso 2019; ordenando se emita un nuevo informe académico y autos motivados, que respeten los derechos denunciados como transgredidos.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.3. Petitorio
- a)
- 1)
- i)
- denegó
- II.3.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- la garantía del debido proceso, comprende entre uno de sus elementos la exigencia de la motivación de las resoluciones, lo que significa, que toda autoridad que conozca de un reclamo, solicitud o que dicte una resolución resolviendo una situación jurídica, debe ineludiblemente exponer los motivos que sustentan su decisión, para lo cual, también es necesario que exponga los hechos establecidos, si la problemática lo exige, de manera que el justiciable al momento de conocer la decisión del juzgador lea y comprenda la misma,
- III.2. Análisis del caso concreto
- Fragmento 16