Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0692/2020-S4
Fecha: 10-Nov-2020
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
Los accionantes denunciaron la lesión de sus derechos a la educación, a la doble instancia y a la igualdad, toda vez que, al haberse resuelto su impugnación por los mismos docentes de la materia de planeamiento y operaciones que prepararon el examen de ascenso, se les sometió a una sola instancia, que dio lugar a los Autos Motivados 018/2019 y 042/2019, emitidos por la Comisión Máxima de Exámenes de Ascenso Gestión 2019, quienes sin analizar y advertir los errores cometidos en la evaluación, confirmaron la agresión denunciada, beneficiando ilegalmente a algunos postulantes y perjudicando a sus personas.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.3. Petitorio
- a)
- 1)
- i)
- denegó
- II.3.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- la garantía del debido proceso, comprende entre uno de sus elementos la exigencia de la motivación de las resoluciones, lo que significa, que toda autoridad que conozca de un reclamo, solicitud o que dicte una resolución resolviendo una situación jurídica, debe ineludiblemente exponer los motivos que sustentan su decisión, para lo cual, también es necesario que exponga los hechos establecidos, si la problemática lo exige, de manera que el justiciable al momento de conocer la decisión del juzgador lea y comprenda la misma,
- III.2. Análisis del caso concreto
- Fragmento 16