SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0831/2020-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0831/2020-S3

Fecha: 16-Nov-2020

14)

14)   La impugnación presentada, se funda en que el hecho sí existió y que la conducta del encausado se adecúa al tipo penal atribuido; sin embargo, no se estableció que el azúcar comisado tuviera como fin último la exportación; tampoco se identificó con documentos o actos idóneos que dicha mercadería, al momento de la comisión del presunto hecho, estuviera relacionada como producto prohibido o suspendido de exportación; por consiguiente, al no determinarse tales aspectos, menos podría señalarse que se hubiera intentado extraer, almacenar y transportar mercancías vedadas para su exportación dentro de un espacio de 50 Km desde la frontera y si bien, se cuenta con el informe del Jefe de la Sección de Cartografía Digital del IGM, en cuanto a la licencia o permiso, el azúcar comisado no era para su envió al exterior; por lo que, no se cuentan con elementos de convicción para atribuir a los denunciados el referido delito.