SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0026/2020-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0026/2020-S2

Fecha: 08-Dic-2020

denegó

El Juez Público Mixto Civil y Comercial y de Familia Primero de Challapata del departamento de Oruro, mediante Resolución de 8 de diciembre de 2018, cursante de fs. 156 a 158, denegó la tutela solicitada, “…empero tomando en cuenta los aspectos señalados se dispone la prohibición de hacer construcciones y sembrados en esos terrenos entre tanto las autoridades originarias definan el derecho propietario de esos terrenos en conflicto según sus usos y costumbres” (sic); en base a los siguientes fundamentos: a) Se indicó que la compra venta de tierras sería tráfico de tierras; sin embargo, de los datos cursantes en el expediente evidenció que la accionante de igual manera realizó compra de tierras; resultando incoherente que la realizada por sus hermanas constituya delito y de ella no resulte así; b) No existe un título individualizado, sino en una TCO de forma colectiva; c) “…para que se diga que haya avasallamiento de tierras donde la autoridad originaria es la que define el destino de las tierras según sus usos y costumbres, además las resolución accionada indica que se debe dividir en partes iguales la demasía de terrenos, entonces no se vulnera derechos y garantías constitucionales porque indica que se debe repartir en partes iguales para todos los hermanos…” (sic); y, d) No se cumplió con el principio de subsidiariedad “…y el hecho que hayan mandado cuatro cartas ante las autoridades no significa que hayan agotado los medios de impugnación, porque las autoridades originarias no han tenido la oportunidad de decir que ese fallo vulnera algún tipo de garantías o derecho constitucional, ni confirman o anulan dicha resolución y además la accionante tenía la segunda, tercera y cuarta instancia para hacer anular o revocar esa resolución accionada si no estaban de acuerdo” (sic).