SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0026/2020-S2
Fecha: 08-Dic-2020
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
La accionante denuncia como lesionados sus derechos a la defensa, al debido proceso y a la inviolabilidad de domicilio; toda vez que, su madre antes de fallecer decidió distribuir sus terrenos, a una hectárea aproximadamente para cada uno de sus siete hermanos y para su persona a tres; empero, sus hermanas no conformes buscaron un pretexto para quitarle la parte que le correspondía. Es así que Isabel Chungara Choquevillca le inició una demanda el 9 de marzo de 2018, ante el Sullq’a Kamachiq, solicitando la solución respecto a los terrenos en demasía que quedaron para el uso de su progenitora cuando estaba con vida; en razón a ello, la autoridad comunitaria, dictó la Resolución 03/2018 de 18 de mayo, admitiendo y validando las minutas de compra venta adjuntas por parte de sus hermanas, cuando debió pronunciarse solo en relación a la distribución de terrenos en demasía y no sobre otras transferencias. Ante ello, interpuso apelación ante el Mallku Mayor, pero este luego de un tiempo largo, ratificó y refrendó la determinación asumida; debido a estas decisiones aquellas parientes avasallaron sus terrenos, con actos de violencia física y psicológica, cortándoles incluso el agua de riego Tacawa, despojándole de 3 ha que su madre le otorgó, cuando lo que debió distribuirse era la superficie de terreno de 0.0049 ha, objeto de la Resolución 03/2018.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- Y lo RESTANTE del camino a Peñas hacia el oeste se quedará para la señora María Choquevillca quien podrá después en su vejez y otros gastos que el vea conveniente durante la vida que exista
- los
- Y no debiendo zarandearse más este problema a futuro, en su DEFECTO sin el PERJUICIO de PONER en CONOCIMIENTO de la COMUNIDAD. A cuyo efecto cúmplase con las formalidades de rigor
- en el área de la PRIMERA HECTAREA.
- a)
- 1)
- i)
- denegó
- II.8.
- II.10.
- II.11.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de amparo constitucional
- Fragmento 16
- III.2. Análisis del caso concreto
- Fragmento 18
- CONFIRMAR