SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0041/2020
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0041/2020

Fecha: 16-Dic-2020

(…) tanto los jueces agrarios (ahora agroambientales) como los ordinarios tienen competencia para conocer acciones reales, personales y mixtas; pero la diferencia está en que los primeros conocen las derivadas de la propiedad, posesión y actividad agraria,

En base a dicha normativa agraria y en concordancia a lo establecido por la jurisprudencia constitucional que precisa en su alcance la competencia de los jueces agroambientales y ordinarios, se concluye que: «(…) tanto los jueces agrarios (ahora agroambientales) como los ordinarios tienen competencia para conocer acciones reales, personales y mixtas; pero la diferencia está en que los primeros conocen las derivadas de la propiedad, posesión y actividad agraria,…”»
[SCP 007/2018 de 14 de marzo, que cita la SCP 0003/2016 de 14 de enero, (las negrillas y el subrayado nos corresponde)].