AUTO CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0005/2020-O
Fecha: 18-Feb-2020
II.7.
II.7. Mediante escrito presentado el 30 de octubre de 2019, los recurrentes impugnan el Auto pronunciado por el Juez de garantías, solicitando que se declare sin efecto la parte resolutiva de la Sentencia Agroambiental Plurinacional S1a 22/2019, disponiéndose la emisión de un nuevo fallo que se enmarque estrictamente a lo dispuesto por la SCP 1013/2017-S3 sin perjuicio de disponer la inhibitoria de las Magistradas de la Sala Primera del Tribunal Agroambiental; toda vez que, el Playón de Marquina a la fecha se encuentra en área urbana; en ese sentido, la referida autoridad emitió el Auto de 11 de noviembre de 2019, ordenando la remisión de la causa al Tribunal Constitucional Plurinacional (fs. 1203 a 1210 vta.).
- Jorge Victoriano Campos Jimenez
- I.1. Contenido de la queja por sobrecumplimiento
- a)
- I.1.2. Petitorio
- 1)
- rechazó
- I.5. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional Plurinacional
- II.1.
- II.4.
- II.6.
- II.7.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. El procedimiento en caso de demandas de incumplimiento o sobrecumplimiento de fallos constitucionales
- en el plazo máximo de cuarenta y ocho horas, mediante auto expreso, rechazará la queja
- estando facultado el activante de la queja, en caso de estimar dilación o incumplimiento de la resolución emergente de una acción tutelar, a presentar la misma ante el Tribunal Constitucional Plurinacional, en los términos establecidos por el art. 16.II del CPCo, queja que deberá ser presentada en el plazo de tres días computables a partir de la notificación con la resolución emitida por el juez o tribunal de garantías
- Fragmento 16
- III.2. Análisis de la solicitud de queja por sobrecumplimiento
- Queja por sobrecumplimiento en ejecución de Sentencia Constitucional
- CONFIRMAR en parte
- sin inmiscuirse en la labor propia del Tribunal Agroambiental
- en específico de lo referido en el ACP 0029/2017-ECA
- al instruir que el GAM de Quillacollo y el INRA
- advertida la diferencia entre los fundamentos de una resolución y las determinaciones que derivan de la misma para lograr su cumplimiento
- Fragmento 24
- IMPROCEDENCIA