Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0004/2020-S3
Fecha: 18-Feb-2020
II.4.
II.4. A través de la SCP 0448/2018-S2 de 27 de agosto, la Sala Segunda del Tribunal Constitucional Plurinacional, concedió la tutela al hoy accionante por la presunta vulneración de sus derechos a la vida y a la salud; respecto a Luis Miguel Apinaye Sosa, Juez de Instrucción Penal Primero de Riberalta del departamento de Beni, ordenó elevar los antecedentes al Tribunal Departamental de Justicia de Beni, para que dirima el conflicto de competencias, entre dicho Juzgado y los juzgados que conocen las distintas causas penales seguidas contra el ahora accionante (fs. 11 a 25).
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- i)
- denegó
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.8.
- II.
- II.10.
- II.11.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- ni siquiera el propio Tribunal Constitucional Plurinacional, podrá pronunciarse nuevamente o juzgar dos veces sobre lo ya decidido y resuelto en un fallo constitucional, mucho menos aún revisar la determinación adoptada en una sentencia con valor de cosa juzgada constitucional; una actuación contraria lesionaría el principio de seguridad jurídica, a partir del riesgo de emitir fallos contradictorios
- III.2. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR