Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0008/2020-S1
Fecha: 09-Mar-2020
INTERPONGO ACCIÓN DE LIBERTAD
Bajo dichos antecedentes sostiene: “…y siendo que estas autoridades se han excusado de conocer mi proceso luego de la audiencia de apelación incidental, mi persona se encuentra en un estado de indefensión razón por la cual INTERPONGO ACCIÓN DE LIBERTAD contra Los señores vocales de Sala Penal del Tribunal de Justicia del Beni doctores GERÓNIMO MANÚ GARCÍA Y JUAN CARLOS CANDIA SAAVEDRA, la Vocal Suplente Dra. Kathia Montero Jue de Partido SEGUNDO en lo Civil Comercial de Trinidad y de la señora secretaria de la Sala Social Dra. Mltzu Nakamura Carvalho…” (sic).
- acción de libertad
- I. ANTECEDENTES CON RELEVANCIA JURÍDICA
- INTERPONGO ACCIÓN DE LIBERTAD
- I.1.3. Petitorio
- a)
- I.2.2. Informe de las autoridades demandadas
- Fragmento 7
- i)
- 1)
- concedió en parte
- con relación al primer punto
- I.3. Trámite procesal ante el Tribunal Constitucional Plurinacional
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- III.1.
- el cual se constituye en el mecanismo procesal idóneo para operar en caso de existir vulneración a la celeridad cuando esté relacionada a la libertad y devenga de dilaciones indebidas, que retardan o evitan resolver la situación jurídica de la persona que se encuentra privada de libertad
- III.2.
- Con relación a la problemática primera
- Respecto a la problemática segunda
- Respecto a la problemática tercera
- CONFIRMAR
- 3° DENEGAR