SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0085/2020-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0085/2020-S3

Fecha: 16-Mar-2020

Fragmento 28

En lo concerniente al derecho de petición cuya tutela se invoca, no corresponde la misma, debiendo la autoridad edil proceder con la apertura del respectivo proceso administrativo conforme lo señalado precedentemente. En ese entendido, tampoco corresponde emitir pronunciamiento respecto de la solicitud de complementación de la actividad económica de venta de carne para la emisión y/o renovación de licencia de funcionamiento, dado que ello se dará según corresponda en el proceso a sustanciarse.