SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0085/2020-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0085/2020-S3

Fecha: 16-Mar-2020

II.7.

II.7.  Por memorial presentado el 21 de septiembre de 2018, según sello de recepción de la Intendencia Municipal a horas 8:38, la accionante y Reinaldo Calle Avendaño -su esposo-, se dirigen al Intendente de la Municipalidad de la entidad edil demandada, haciendo conocer lo sucedido el 18 de igual mes y año, solicitando la complementación de actividad económica de licencia de funcionamiento venta de abarrotes y carne, mencionando una injusta restricción de venta de carne, que coarta el derecho al trabajo de una actividad lícita. Reconoce que el intendente se constituyó en su domicilio el 18 del mes y año señalados a horas 17:00 con el Policía y Presidente de la asociación de ganaderos que pidieron que muestre su licencia de funcionamiento, exhibiéndola y señalando que en las gestiones 2017 y 2018 solicitó la renovación de la actividad económica pero solo habrían inscrito la razón social de venta de abarrotes presumiendo un error involuntario; por lo que, en esa oportunidad solicitaron complementación (fs.13 y vta.).