SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0085/2020-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0085/2020-S3

Fecha: 16-Mar-2020

II.9.

II.9. Se tiene Informe de actividades y competencias del Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria (SENASAG) -no refiere fecha- aduciendo que mediante Ley 830 de 7 de septiembre de 2016 -Ley de Sanidad Agropecuaria e Inocuidad Alimentaria- y Resolución Administrativa (RA) “019/2003”; tiene el deber de hacer cumplir esas normas para mantener la inocuidad de los alimentos a lo largo de la cadena alimentaria, exigir el cumplimiento de la normativa y evaluar la conformidad de productos y procesos, caso contrario demandar productos que no sean dañinos, sancionar dentro el marco de las resoluciones administrativas nombradas procediendo por ejemplo al decomiso cuando existen productos sin registro sanitario de SENASAG y cuando existe riesgo de contaminación con productos de cruzada especialmente carnes; señaló entre sus resultados que, se hicieron operativos en los diferentes distritos, decomisando y destruyendo productos con sus respetivas actas de decomiso, encontrándose lugares donde se cumplían doble función de venta de abarrotes y carne; procediendo a la notificación para su regularización en la intendencia con el fin de evitar contaminaciones; cabe aclarar que este documento no cuenta con fecha de emisión, pero se encuentra adjunto al informe de las autoridades del GAM referido (fs. 94 a 96).