SENTENCIA CONSTITUCIONAL Plurinacional 0107/2020-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL Plurinacional 0107/2020-S2

Fecha: 17-Mar-2020

A los efectos de aplicación del presente Art., si el empleador fuere una persona jurídica, serán responsables la persona o personas individuales que funjan como representantes legales en el periodo en el que se tenía que cumplir con la obligación de Pago de Contribuciones a la Gestora Pública de la Seguridad Social de Largo Plazo”

En el presente caso, llama la atención que el accionante, quien esencialmente alega la errónea interpretación de art. 345 Bis del CP, al momento de exponer sus argumentos haya hecho una transcripción parcial de la citada disposición legal, dejando de lado su arte in fine, que dispone: “A los efectos de aplicación del presente Art., si el empleador fuere una persona jurídica, serán responsables la persona o personas individuales que funjan como representantes legales en el periodo en el que se tenía que cumplir con la obligación de Pago de Contribuciones a la Gestora Pública de la Seguridad Social de Largo Plazo” (sic). En atención a ello, no amerita que el Tribunal de casación realice un análisis superfluo e innecesario de los conceptos de representante legal y agente de retención; pues la calidad de representante legal del accionante no está en duda ni su responsabilidad según lo previamente expuesto; evidenciándose que en el caso, sí hubo aplicación objetiva y correcta de la Ley sustantiva penal, corroborada con la emisión del              AS 847/2018-RRC.