SENTENCIA CONSTITUCIONAL Plurinacional 0107/2020-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL Plurinacional 0107/2020-S2

Fecha: 17-Mar-2020

II.

Que el Tribunal ad quem no respondió adecuadamente sobre el agravio que refirió la incorporación ilegal a juicio de los elementos de prueba signados como A-1 al A-25, los cuales debieron ser acompañados con la acusación, en el caso en concreto la parte actora no presentó acusación formal solo una querella que no se ajustaba a los dispuesto en el art. 341 del CPP. Sobre lo cual, el Tribunal de apelación señaló que no es factible realizar cuando se denuncia tal actividad como defecto de sentencia, razonamiento que implicaría que su reclamó fue planteado en vía inidónea; situación que no era evidente, en razón que su planteamiento se encuentra reconocido en el art. 370 inc. 4) del citado Código.

Alegó que las autoridades de la Sala Penal tenían la obligación de pronunciarse sobre cada uno de los puntos impugnados, y que dicha omisión generó actividad procesal defectuosa por defectos absolutos según lo previsto en los arts. 124 y 169.3 del CPP, vulnerándose de este modo su derecho a un debido proceso en sus vertientes de fundamentación, motivación, derecho a la defensa y “seguridad jurídica”.