SENTENCIA CONSTITUCIONAL Plurinacional 0107/2020-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL Plurinacional 0107/2020-S2

Fecha: 17-Mar-2020

c)

c) La arbitrariedad también se expresa en la falta de coherencia, o incongruencia de la decisión (principio de congruencia), cuando el conjunto de las premisas, -formadas por las normas jurídicas utilizadas para resolver el caso, más los enunciados fácticos que describen los hechos relevantes- no son correctas, fundadas y si, además, su estructura también no lo es. Esto, más allá si la resolución que finalmente resuelva el conflicto es estimatoria o desestimatoria a las pretensiones de las partes. Es decir, como señala Robert Alexy, se trata de ver si la decisión se sigue lógicamente de las premisas que se aducen como fundamentación.

En este marco, la jurisprudencia constitucional dispone que la arbitrariedad de una resolución judicial o administrativa puede ser expresada en una decisión sin motivación, con motivación arbitraria, insuficiente y por la falta de coherencia del fallo. En ese marco jurídico, una decisión sin motivación, se configura cuando no se exponen razones de hecho y derecho como sustento de la medida; la motivación arbitraria, emerge de una valoración arbitraria de la prueba o por omisión valorativa; la motivación insuficiente, deviene en supuestos que no se justifica las razones por las que se omite pronunciarse sobre lo expuesto por una de las partes; y, la falta de coherencia de un fallo, se configura de en su dimensión interna y en la externa, en ese orden; cuando no existe relación entre las premisas y la conclusión, y cuando lo resuelto no guarda correspondencia con lo solicitado por las partes.