SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0046/2020-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0046/2020-S1

Fecha: 13-Jul-2020

Fragmento 33

Conforme a los datos precedentemente señalados, la obligatoriedad de pedir el agotamiento de los medios impugnativos previstos en el Código Tributario, no resultan ser exigibles, toda vez que conforme prevé el   art. 195.II del CTB, modificado por la Ley 3092 de 7 de julio de 2005, no resulta admisible el recurso de alzada contra determinaciones asumidas en fase de ejecución, constituyendo admisibles únicamente cualquier forma de extinción de la deuda tributaria prevista por dicho Código, -por ejemplo, una solicitud de prescripción de la facultad de ejecución tributaria-; o bien, resolución firme o sentencia con autoridad de cosa juzgada que declare la inexistencia de la deuda; o bien la dación en pago, dichas causales que podrán interrumpir la fase de ejecución tributaria si fueran presentadas hasta antes de la conclusión de la fase de ejecución tributaria.