SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0046/2020-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0046/2020-S1

Fecha: 13-Jul-2020

Fragmento 35

Al no existir recurso administrativo pendiente de uso, no resulta exigible el agotamiento de instancias administrativas que ya no existen; razón por la cual, queda abierta la posibilidad de activar la acción de amparo constitucional, cuando exista la razonable inminencia de un posible daño irremediable e irreparable en el caso denunciado, como es la tramitación de un proceso contravencional en contra del ahora accionante, sin que tuviera la oportunidad de poder conocer y asumir defensa en dicho proceso, si es que en realidad se causó verdadera vulneración a sus derechos y garantías constitucionales; razón por la que ésta instancia jurisdiccional constitucional vio la necesidad de admitir la presente acción tutelar únicamente para verificar si el acto impugnado no se constituye en el objeto procesal conculcador de derechos.