SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0119/2020-S4
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0119/2020-S4

Fecha: 17-Jul-2020

[inc. 2).

En ese marco, de las denuncias efectuadas contra los Vocales de la Sala de Apelaciones y Consulta del Tribunal Supremo de Justicia Militar demandados, se advierte que las problemáticas referidas a que en el Auto de Vista 46/2018, se hubiese afirmado que el art. 40 del CPM no era aplicable, por no guardar coherencia con el art. 29 del CPP; sin embargo, aun aplicando la última norma citada, el delito a él imputado hubiese prescrito [inc. 2). i)], se tiene que de dichas afirmaciones no se puede a extraer de manera clara y precisa de qué manera la postura de las autoridades demandadas en cuanto a la inaplicabilidad del art. 40 citado le causó agravios al solicitante de tutela, por cuanto no se tiene certeza de lo que efectivamente se reclama, si la errónea interpretación de dicha norma o que en virtud del art. 29 del CPP, se hubiese efectuado un errado cómputo del término de la prescripción.