SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0127/2020-S4
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0127/2020-S4

Fecha: 17-Jul-2020

riesgo procesal de obstaculización

Ahora bien, en relación con el riesgo procesal de obstaculización, previsto en el art. 235.2 del CPP, se advierte que si bien la accionante denuncia que tanto el Juez de la causa como los miembros del Tribunal de apelación, hubiesen declarado la “persistencia” de dicho riesgo; empero, de la revisión del Auto de Vista cuestionado, se advierte que las autoridades demandadas omitieron pronunciarse sobre este aspecto, pese a haber sido expuesto como agravio en apelación incidental, denotando incongruencia omisiva, lo que ciertamente constituye vulneración del derecho al debido proceso de la impetrante de tutela, en el elemento fundamentación, correspondiendo por ello, conceder la tutela solicitada, debiendo las autoridades demandadas emitir un pronunciamiento motivado y fundamentado respecto de dicho riesgo que dé certidumbre a la imputada sobre su situación jurídica.