SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0148/2020-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0148/2020-S2

Fecha: 16-Jul-2020

I.3.1. Ratificación y ampliación de la acción

El accionante mediante su abogado, ratificó íntegramente los argumentos contenidos en la demanda tutelar, precisando que en 2017, se excusó como Juez Técnico del Tribunal de Sentencia Penal Primero de Tupiza del departamento de Potosí, del conocimiento de un proceso penal donde el acusado era su amigo íntimo, misma que al ser remitida en consulta en previsión del art. 318.II del Código de Procedimiento Penal (CPP), ante la Sala Penal Primera del Tribunal de Justicia de ese departamento, fue rechazada mediante Auto de Vista 10/2017, cuando la Sala precitada solo tenía dos opciones, confirmarla o revocarla declarando su ilegalidad. La omisión en la que incurrió la Sala Penal mencionada no fue advertida en el proceso disciplinario que se siguió en su contra, siendo sancionado por la comisión de una falta grave cuando no adecuó su accionar conforme lo regulado en el art. 187.3 de la LOJ; por cuanto, su excusa fue rechazada y no así declarada ilegal, no resultando viable efectuar la interpretación extensiva que realizó a su turno la parte demandada en vulneración de sus derechos. En el marco de lo señalado, pidió otorgar la tutela a fin de que los Consejeros de la Magistratura codemandados pronuncien un nuevo fallo fundamentado en los principios de legalidad y tipicidad, en sujeción exacta del precitado art. 187 de la LOJ.