SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0148/2020-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0148/2020-S2

Fecha: 16-Jul-2020

III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO

El accionante denuncia la vulneración de su derecho al debido proceso y de los principios de legalidad, taxatividad, tipicidad y seguridad jurídica, por cuanto emergente del rechazo de una excusa que formuló dentro de una causa penal que le tocó conocer en calidad de Juez del Tribunal de Sentencia Penal Primero de Tupiza del departamento de Potosí, sustentada en el art. 316 inc. 11) del CPP, por tener amistad íntima con uno de los acusados; el Juez Disciplinario Segundo de la Oficina Departamental de Potosí del Consejo de la Magistratura, dictó la Resolución Administrativa 02/2018, sancionándolo por la supuesta comisión de una falta grave, decisión que fue confirmada en alzada, mediante Resolución           SP-AP 200/2018, y por el Auto complementario de 28 de enero de 2019, ambos pronunciados por la Sala Disciplinaria del Consejo precitado. Destaca en ese orden que, el rechazo de la excusa no se halla tipificado como falta grave en el art. 187 de la LOJ, encontrándose tipificada sí como falta grave en el numeral 3 de esa norma, el declararse la ilegalidad de una excusa en un año; resultando claro por ende que los demandados realizaron a su turno una interpretación extensiva prohibida por ley, habiendo aplicado por analogía la sanción de la declaratoria de ilegalidad de excusa a la de rechazo de la misma, con los consiguientes perjuicios que conllevó su sanción.