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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0169/2020-s3
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0169/2020-s3

    Fecha: 10-Jul-2020

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    • acción de libertad
    • I.1.1. Hechos que motivan la acción
    • a)
    • b)
    • d)
    • e)
    • I.1.2. Derechos y garantía supuestamente vulnerados
    • 1)
    • I.2.2. Informe de las autoridades, funcionario de apoyo jurisdiccional y funcionario policial demandados
    • i)
    • I.2.3. Participación de los abogados de la Defensoría de la Niñez y Adolescencia
    • denegó
    • I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional Plurinacional
    • II.1.
    • II.2.
    • III.1.   Naturaleza y alcance de la cosa juzgada constitucional
    • III.2.  La acción de libertad y los alcances de protección respecto al procesamiento ilegal o indebido
    • a) el acto lesivo, entendido como los actos ilegales, las omisiones indebidas o las amenazas de la autoridad pública, denunciados, deben estar vinculados con la libertad por operar como causa directa para su restricción o supresión; b) debe existir absoluto estado de indefensión, es decir, que el recurrente no tuvo la oportunidad de impugnar los supuestos actos lesivos dentro del proceso y que recién tuvo conocimiento del mismo al momento de la persecución o la privación de la libertad
    • Fragmento 19
    • con quien también se hizo presente en la audiencia de consideración de medidas cautelares; de donde se concluye que en los actos procesales realizados, el prenombrado en todo momento contó con su defensa técnica, por lo cual los hechos denunciados no vulneraron el derecho a la libertad o algún presupuesto de tutela que rige a la presente acción
    • CONFIRMAR
    • Fragmento 22

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