SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0381/2020-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0381/2020-S3

Fecha: 27-Jul-2020

c)

c)    Que, evidentemente mediante escrito de 3 de febrero de 2015, Patricia Milagros Rodrigo Lea Plaza interpuso tercería de dominio excluyente patrocinado por el abogado Filemón Sandoval Romero y que si bien el abogado firmante de dicho memorial estaba inhabilitado para seguir actuando en ese proceso agroambiental hasta que cumpla con la multa impuesta como abogado de Jorge Terrazas Chaly, no es menos cierto que como abogado de la referida tercerista no estaba impedido, máxime si la prenombrada era ajena a las partes en el conflicto agroambiental principal; consiguientemente, el fundamento de la apelante para rechazar la solicitud de fotocopias legalizadas es errónea puesto que el art. 7 de la LEA refiere a las causales de inhabilitación e impedimentos de los abogados (as) y lo señalado por la apelante se halla previsto en el
art. 40.7 como falta leve siendo que en el caso del incidente de Tercería, el abogado no se encontraba dentro de las causales de impedimento señaladas, ni fue sujeto de proceso como para estar impedido de patrocinar la antes referida tercería.