SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0381/2020-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0381/2020-S3

Fecha: 27-Jul-2020

denegó

La Sala Constitucional Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Beni, constituido en Tribunal de garantías mediante Resolución 44/2019 de 7 de junio, cursante de fs. 41 a 44 vta., denegó la acción de amparo constitucional; con los siguientes fundamentos: 1) Es necesario aclarar que el Tribunal de garantías no se constituye en una instancia de apelación o revisión ordinaria; en tal sentido, de manera concreta solamente puede analizar los reclamos expuestos por la accionante, a partir de la última Resolución SP-AP 304/2018 de 29 de octubre, la misma que resuelve el recurso de apelación interpuesto por la impetrante de tutela contra la determinación de primera instancia; y,
2) No se demostró claramente la existencia de las vulneraciones al debido proceso, en sus vertientes de fundamentación y motivación; más al contrario, las autoridades accionadas enmarcaron sus actuaciones conforme al procedimiento disciplinario, no advirtiéndose en todo caso, la concurrencia de lesión alguna en la decisión del Tribunal de alzada que hace una relación pormenorizada del proceso, así como de los antecedentes y las observaciones expuestas por la parte demandante en su recurso de apelación; explicando de manera clara, precisa y concreta los motivos; por lo que, la autoridad disciplinaria arribó a esa decisión final; máxime si la fundamentación o motivación de las resoluciones judiciales y/o administrativas no deben ser ampulosas en citas y consideraciones de orden legal, sino por el contrario estas deberán hacer entender al administrado los motivos de su decisión final, haciéndole comprender razonadamente que ésta era la única forma de proceder; por no haberse cumplido con tales presupuestos.