SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0381/2020-S3
Fecha: 27-Jul-2020
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
La impetrante de tutela, denuncia la vulneración de sus derechos al trabajo, a la igualdad y al debido proceso en sus componentes de congruencia, motivación, fundamentación, “interdicción de la analogía” (sic) y los principios de legalidad y seguridad jurídica; alegando que dentro del proceso disciplinario seguido en su contra, la autoridad coaccionada en la resolución disciplinaria de primer instancia de forma ilegal con absoluta falta de objetividad y errónea valoración de la prueba declaró probada la denuncia interpuesta en su contra, decisión errónea que fue convalidada por el Tribunal de alzada al no advertir que los demandantes de otorgamiento de fotocopias legalizadas tenían expedito el recurso de reposición y no hicieron uso del mismo por negligencia profesional de su causídico; por otro lado, como fundamento de su decisión el Tribunal superior hizo referencia al
art. 7 de la LEA que determina la forma y los casos en que un abogado puede ser inhabilitado o suspendido; cuando, el motivo de la multa impuesta al abogado Filemón Sandoval y al demandado Jorge Terrazas Chaly, fue la interposición de diecisiete incidentes de nulidad de carácter repetitivo y fuera de toda norma legal en aplicación de los arts. 155 del CPC abgr. y 343 del CPC.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos y principios supuestamente vulnerados
- I.1.3. Petitorio
- a)
- denegó
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional Plurinacional
- II.1.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- verificar si en esa labor no se han quebrantado los principios constitucionales informadores del ordenamiento jurídico
- cuando una actuación judicial contiene una decisión arbitraria, con evidente repercusión en el proceso en perjuicio de los derechos fundamentales de una de las partes, pueden ser susceptibles de controversia en sede de tutela
- a menos que pueda constatarse una arbitrariedad manifiesta por parte de la autoridad emplazada que ponga en evidencia la violación de derechos de naturaleza constitucional
- Fragmento 14
- III.2. Jurisprudencia reiterada, sobre el debido proceso en sus elementos fundamentación y motivación de las resoluciones
- el valor justicia,
- Fragmento 17
- este principio delimita el contenido de las resoluciones que deben pronunciarse en concordancia con el sentido y alcance de las peticiones formuladas por las partes
- III.3. Análisis del caso concreto
- Con relación a la Jueza Disciplinaria Primera
- Respecto a los Consejeros de la Magistratura
- i)
- ii)
- iii)
- iv)
- v)
- b)
- c)
- d)
- Sobre la falta de interposición del recurso de reposición
- Sobre la consideración al caso concreto del
- III.4. Otras consideraciones
- REVOCAR en parte
- 1°
- 3° Exhortar