SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0340/2020-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0340/2020-S1

Fecha: 17-Ago-2020

Fragmento 22

En cuanto a la legitimación pasiva, partiendo de un análisis de las              SC 0275/2003-R de 11 de marzo, luego haciendo referencia a la                 SC 310/2004-R, SC 1995/2010-R, SCP 2051/2013 de 18 de noviembre, las Sentencias Constitucionales Plurinacionales 0470/2014 y 0083/2015-S3 de 10 de febrero, SC 0820/2006-R de 22 de agosto y 1500/2010-R de 11 de octubre, SCP 0085/2012 de 16 de abril, la SCP 1419/2012 de 24 de septiembre, Sentencias Constitucionales Plurinacionales: 1064/2019-S2 de 3 de diciembre; 0205/2020-S2 de 24 de julio; 0717/2020-S4 de 12 de noviembre, concluyó que, tienen legitimación pasiva a efectos de ser demandados a través de una acción de tutela por derecho de petición:         1) Todas las autoridades o servidores públicos, aún no fuesen competentes para resolver el fondo de la pretensión del peticionado, circunstancia en la que la autoridad ante quién se dirigió equivocadamente la petición deberá señalar expresamente cuál la autoridad competente o tramitación atinente, que oriente al peticionante en su pretensión; y, 2) Las personas particulares, precisando: